Qué es VeriFactu
VeriFactu es el nombre con el que se conocen las nuevas reglas de Hacienda para los programas de facturación. La norma es el Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la ley antifraude de 2021. Su objetivo es que ningún ticket ni factura se pueda borrar o cambiar sin dejar rastro.
En sentido estricto, «VERI*FACTU» es solo uno de los dos modos de cumplir la norma. Lo explicamos más abajo.
¿Afecta a mi hotel?
Casi seguro que sí, si tu empresa factura con un programa y tiene su domicilio fiscal en territorio común. La Agencia Tributaria lo resume en cuatro condiciones. Te afecta si tu empresa no factura solo a mano y no está en el SII (el envío de facturas a Hacienda en pocos días que usan las empresas grandes). Y si, además, no tiene el domicilio fiscal en el País Vasco ni en Navarra, ni una resolución que la excluya.
| Si tu empresa… | ¿Le afecta VeriFactu? |
|---|---|
| Factura con TPV (terminal punto de venta) o PMS (el programa de recepción) y tiene su domicilio fiscal en la península, Baleares, Canarias, Ceuta o Melilla | Sí |
| Está en el SII | No. Tiene sus propias reglas (más abajo) |
| Tiene su domicilio fiscal en el País Vasco | No. Usa TicketBAI |
| Tributa por el régimen foral de Navarra | En general, no |
La respuesta va por empresa, no por hotel. Si en un mismo hotel facturan dos sociedades, cada una mira su caso.
Desde cuándo
Según el calendario vigente (Real Decreto-ley 15/2025), las sociedades tienen que usar un programa adaptado antes del 1 de enero de 2027. Los autónomos, antes del 1 de julio de 2027. Los fabricantes de software tienen que vender programas adaptados desde el 29 de julio de 2025.
El 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció que quiere retrasar las obligaciones pendientes a octubre de 2028. A la fecha de esta guía, ese retraso no se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado. Hasta que se publique, las fechas que cuentan son las de 2027. Actualizaremos esta guía cuando cambien.
Qué cambia en el bar: los tickets
- Registro Al emitirlo, el TPV crea un registro del ticket, encadenado al registro anterior.
- Código QR Con él, el cliente puede comprobar el ticket en Hacienda.
- Leyenda «VERI*FACTU» Solo en el modo VERI*FACTU, que envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento.
Un cliente se toma dos cafés en la terraza y paga en efectivo. El ticket que le da el camarero es una factura simplificada. En bares y restaurantes, el ticket sirve como factura hasta 3.000 euros, impuestos incluidos.
El TPV es el terminal punto de venta: el programa con el que se cobra en barra y en mesa. Con VeriFactu, tiene que hacer tres cosas en cada ticket:
- crear un registro del ticket en el momento de emitirlo, encadenado al registro anterior
- imprimir en el ticket un código QR con el que el cliente puede comprobarlo en Hacienda
- corregir los errores con un registro nuevo, sin borrar ni modificar el original
El cierre de caja del día no sustituye a los tickets. Cada ticket cuenta por separado, aunque el TPV siga sacando su resumen diario para contabilidad.
Qué cambia en recepción: las facturas
Las mismas reglas valen para las facturas que emite el PMS (el programa con el que recepción gestiona reservas y estancias). Hay dos casos que en un hotel salen a diario.
El primero, el límite del ticket. El alojamiento no tiene el límite de 3.000 euros de la restauración. En recepción, el ticket solo sirve hasta 400 euros; por encima, hace falta factura completa.
El segundo, el cliente que pide factura a su nombre. Paga una semana de estancia y, en el check-out, pide una factura con el NIF (número de identificación fiscal) de su empresa. Esa factura sustituye a los tickets que ya tenía, y tiene que decir a cuáles sustituye.
Y una cosa más. Lo que el cliente cargó a su habitación desde el bar no puede facturarse dos veces, una en el TPV y otra en el PMS.
Aparte de VeriFactu, hay otra norma en camino: la factura electrónica entre empresas. Afecta a las facturas de recepción a turoperadores y agencias, no a los tickets de los clientes. Según el Real Decreto 238/2026, será obligatoria desde octubre de 2027 para empresas que facturan más de 8 millones de euros. Para el resto, desde octubre de 2028.
Los dos modos
El hotel elige cómo cumplir. En modo VERI*FACTU, el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento, y el ticket lleva la leyenda «VERI*FACTU». Quien elige este modo tiene que seguir en él hasta el 31 de diciembre de ese año.
En el otro modo, el programa no envía nada. Firma cada registro, lleva un registro de incidencias y lo guarda todo por si Hacienda lo pide en una inspección.
Quién responde de qué
| Le toca al proveedor del software | Le toca al hotel |
|---|---|
| Vender un programa adaptado y entregar una declaración responsable de cada versión | Usar un programa adaptado antes de su fecha |
| Que el programa registre, encadene y no deje alterar los tickets | Elegir el modo y conservar los registros |
| Multa de 150.000 euros por año y tipo de programa | Multa de 50.000 euros por año por usar un programa no adaptado o alterado |
La declaración responsable es el documento en el que el fabricante dice que su programa cumple. Tiene que estar visible en el propio programa. Pídela.
Si tu empresa está en el SII
El SII (Suministro Inmediato de Información) es el envío de los libros de IVA (impuesto sobre el valor añadido) a la Agencia Tributaria, factura a factura, en pocos días. Es obligatorio para empresas que el año anterior facturaron más de 6.010.121,04 euros. También para las inscritas en el registro de devolución mensual de IVA y para los grupos de IVA. Cualquier otra puede apuntarse voluntariamente.
Si presentas el modelo 303 cada mes y ya no presentas los modelos 347 y 390, lo más probable es que estés en el SII. Tus datos censales en la sede de la Agencia Tributaria lo confirman.
Las empresas del SII quedan fuera de VeriFactu del todo. No ponen el código QR ni la leyenda, y no pueden elegir el modo VERI*FACTU aunque quieran. Siguen obligadas a que sus registros no se puedan alterar, y a las reglas normales de facturación.
Lo que sí tienen que hacer es enviar cada factura emitida en un plazo de cuatro días hábiles. Los tickets del bar pueden ir uno a uno o en un resumen diario por serie, con el primer y el último número. Normalmente envía los datos el programa de contabilidad o el ERP (el programa de gestión de toda la empresa). Por eso el TPV y el PMS tienen que pasarle los tickets en días, no a final de mes.
Si tu empresa entra en el SII a mitad de año, deja VeriFactu y el código QR el mismo día en que empieza con el SII. No espera al 31 de diciembre.
Canarias, País Vasco y Navarra
En Canarias, Ceuta y Melilla, VeriFactu se aplica igual. Solo cambia el impuesto: el IGIC (impuesto general indirecto canario) en Canarias y el IPSI (impuesto sobre la producción, los servicios y la importación) en Ceuta y Melilla. En Canarias el SII se mira impuesto por impuesto. Una empresa en el SII del IVA cuyo hotel canario no está en el SII del IGIC aplica VeriFactu a ese hotel.
En el País Vasco, las empresas con domicilio fiscal allí usan TicketBAI, su propio sistema. Ya es obligatorio para la hostelería en las tres provincias.
En Navarra, VeriFactu no se aplica en general a quien tributa por el régimen foral. Consulta con tu asesor qué te toca.
Qué preguntar a tu proveedor
- ¿Me das la declaración responsable de la versión que uso?
- ¿Qué modo usa el programa? ¿Puedo elegirlo yo?
- ¿Cómo se anula un ticket mal hecho?
- Cuando un cliente pide factura con su NIF en el check-out, ¿el PMS la hace como factura de sustitución de sus tickets?
- ¿Cómo evita que un cargo a habitación se facture en el TPV y otra vez en el PMS?
- Si en el hotel facturan varias empresas, ¿lleva los registros de cada una por separado?
- Si estoy en el SII: ¿cada cuánto pasa los tickets al programa que los envía?
Dónde encaja Hospedia
Diseñamos Hospedia TPV y Hospedia PMS para cumplir VeriFactu. Los dos están en desarrollo.
Fuentes
- Real Decreto 1007/2023, texto consolidado (BOE)
- Real Decreto-ley 15/2025 (BOE)
- Nota de Hacienda sobre el aplazamiento, 5 de octubre de 2026
- Preguntas frecuentes de VERI*FACTU: ámbito de aplicación (Agencia Tributaria)
- Reglamento de facturación y Reglamento del IVA (BOE)
- Preguntas frecuentes del SII (Agencia Tributaria)